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Aunque
en las alquerías más pequeñas sólo
contaban con una sola taberna, lo cierto es que en los núcleos
más populosos existía un gran número de ellas
-que variaba según el tamaño de la población-
distribuidas a lo largo y ancho del entramado urbano pero que,
frecuentemente, se concentraban en calles concretas. La propiedad
de los locales pertenecía en la mayoría de los casos
al concejo, a la oligarquía urbana o a la Iglesia, a cuyas
manos habían ido a parar en calidad de bienes propios,
mercedes reales o a través de la apropiación de
bienes hábiles o de algunas rentas musulmanas como la de
la hagüela en las que se incluían las tabernas y las
tiendas en general. |
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No resulta
fácil saber cómo debía ser una hipotética
taberna en cuanto a medidas, disposición interna, mobiliario,
etc. No obstante, algunas de las cláusulas contenidas en
las ordenanzas nos permiten diferenciar en su interior un pequeño
ángulo destinado a la venta al por menor de vino y donde
estarían los instrumentos de medida (un cuartillo o medio
cuartillo de madera) e incluso algunos coladores, cerca las tinajas
de vino y, colocada en un punto bien visible, la cédula
del precio de cada uno de los vinos disponibles. |
En
un espacio contiguo se ubicarían las mesas y bancas donde
se sentaría la clientela a beber, comer o jugar, y posiblemente
la cocina; en torno a estas dependencias se localizarían
la bodega y algunas camas. Lógicamente dentro de la taberna
debería haber una serie de utensilios destinados a la preparación
de la comida: un anafre de hierro, unas trébedes, diversas
pailas, sartenes y asadores, una caldereta y un caldero, paletas
de hierro, cucharas horadadas, un rallo, almireces, etc.; otras
destinadas a contenedores: cántaras, orzas, tinajas de
agua; u otras de servicio: jarros y platos |
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A
diferencia de otros locales comerciales, que presentaban un horario
partido de mañana y de tarde, la taberna aparece como un
lugar abierto a lo largo del día, de sol a sol. Los domingos
o días de fiesta no se debía abrir hasta que hubiese
finalizado la Misa Mayor, la última en celebrarse, a no
ser que se presentase un caminante o forastero que estuviera de
paso o a punto de partir.
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Las
características de su funcionamiento venían marcadas
por la forma en que el tabernero se había hecho cargo de
la taberna. Se llamaba tabernero al menos a tres tipos de individuos.
Era, en primer lugar, todo vecino que se dedicaba a la venta pública
del vino producido en sus propias tierras. Era, también,
el tabernero público, persona encargada del abastecimiento
y cuidado de los lugares gestionados por el concejo. Cualquier
persona que desease atenderlos participaba en un proceso de subasta
convocado por el cabildo en un día prefijado. |
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El concejo
solía establecer las condiciones inexcusables de partida,
tales como el número de tabernas, período de inicio
y finalización de sus servicios, tipos y precios del vino
a despachar, beneficios extraordinarios que se le concederán,
etc. La subasta permitiría que todos los pujadores (llamados
postores) fuesen presentando a la baja sus ofertas (o posturas),
de modo que una vez aceptada una, la siguiente tenía que
ser mejor para ser admitida. Finalizado el tiempo establecido
para ello se hacía el remate, que era una especie de acuerdo
verbal que precedía al documento notarial en el que quedaba
fijado legalmente el contrato entre el mejor postor (el obligado)
y el concejo. Tras ello, el pregonero de la localidad procedía
a dar cuenta por las calles y plazas principales de este acuerdo. |
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Finalmente,
los taberneros cosarios -los más numerosos- se dedicaban
a vender el vino de otros a cambio de una comisión preestablecida.
Aunque siempre tendieron a comprar vino para revenderlo y conseguir
beneficio de ambas transacciones, el peso político de los
grupos de viñateros acabó imponiendo sus intereses
económicos sobre los de los vendedores, obligando a que
éstos vendieran su vino como intermediarios obteniendo
una ganancia previamente pactada que oscilaba entre el 10-15%
del total de las ventas. Sin embargo, los casos de fugas de taberneros
con el producto o de impagos del mismo dieron origen a la exigencia
de una fianza que debía entregarse al escribano del concejo
cada vez que se abría una taberna. |
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Cuando
el vino de la tierra se había acabado podía comprarse
directamente en la alhóndiga, donde se encontraban caldos
foráneos; allí, después de los tres días
preceptivos destinados a la venta a los vecinos, podrían
adquirirlo a las horas y precios marcados por las autoridades
municipales. Sabemos que en ocasiones los arrieros que iban a
la alhóndiga llevaban a escondidas catas de vino a los
taberneros para apartárselo ilegalmente. |
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