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En
el período bajomedieval la organización institucional
del trabajo artesano había alcanzado ya un gran desarrollo
en las ciudades. Era el concejo, mediante la vigilancia de sus
agentes y la promulgación de ordenanzas reguladoras, el
responsable del control de los oficios o “artes”;
sin embargo, ello no impedía que el propio colectivo artesano
actuase con un cierto grado de autonomía en cuestiones
de tipo disciplinario: control de las calidades y resolución
de querellas entre artesanos de un mismo oficio; protección
de viudas y huérfanos; asistencia médica… |
Es cierto que
en la Corona de Castilla el desarrollo y consolidación
de corporaciones artesanas de carácter gremial fue menor
que en otros territorios peninsulares como Cataluña; pero
tampoco es cierto que haya que retrasar su aparición hasta
el reinado de los Reyes Católicos, si bien es verdad que
éstos les dieron un notable impulso al exigir a todos los
municipios castellanos la recopilación de sus ordenanzas,
normalmente dispersas e incompletas, lo que trajo consigo la revisión
y ampliación de todos los usos y disposiciones anteriores
sobre las manufacturas urbanas. |
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Contamos
con noticias sobre cofradías que integran a miembros de
un mismo oficio artesano en diversas ciudades ya desde finales
del siglo XII. Los distintos reyes de los siglos XIII y XIV, desde
Fernando III a Pedro I, legislaron en el sentido de procurar prohibir
las maniobras que estas cofradías desarrollaban para monopolizar
el oficio y fijar los precios, salarios y calidades.
Desde fines del siglo XIV serán
los municipios serán los municipios los que asuman esa
tarea de control de la actividad artesana y ello no es otra cosa
que es un síntoma más del proceso de oligarquización
del poder municipal en el que la participación del artesanado
en el gobierno no tiene cabida.
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La
cada vez mayor influencia de los mercaderes y caballeros con
intereses comerciales en las ciudades consolida este control
municipal y dificulta la aparición de todos los componentes
típicos de las agrupaciones gremiales, si bien es cierto
que algunos aspectos sí se hacen patentes empezando por
la propia pervivencia de las cofradías que, además
de las funciones asistenciales, aseguran la defensa de los intereses
comunes de todos sus miembros y regulan, mediante sus ordenanzas
internas, la jerarquización del oficio (distinguiendo
claramente entre los artesanos con taller propio y los oficiales
y aprendices).
Normalmente las autoridades municipales respetan
las propuestas de las cofradías a la ora de nombrar a
los alcaldes, “veedores” o “alamines”
que se encargan de resolver los litigios internos y vigilar
las calidades de los diferentes productos.
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Este modelo corporativo
con oficiales salidos del mismo oficio pero nombrados por las
autoridades es el que predomina en la mayoría de las ciudades
castellanas con tradición artesana, tanto en la Meseta
norte (Zamora, Palencia) como en el sur (Cuenca, Sevilla) y se
generalizó desde que las Cortes de 1462 dispusieron que
todas las corporaciones gremiales fuesen aprobadas o por la Corona
o por el municipio correspondiente; de forma que, en paralelo
las agrupaciones corporativas o gremiales procuraron también
constituirse en estructuras cerradas, rígidamente jerarquizadas,
algo que no va a ser un factor estimulante para la expansión
industrial y comercial. |
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