La represión de la magia. El Estado y la Iglesia frente a la magia
Tanto señores como vasallos se han servido en ocasiones de la magia para sus propios intereses. Y sabían que ese mismo podía ser utilizado en su perjuicio, razón por la cual las leyes laicas coinciden en prohibir su práctica, aunque, a veces, el texto de las mismas resulta un tanto ambiguo, prohibiendo unas prácticas y otras no. No obstante, cuanto más efectiva es la influencia de la iglesia, más dura es la oposición de la magia.
La actitud de la Iglesia siempre fue clara y firme, y como institución rectora en las sociedades medievales, su papel en la codificación de las leyes fue muy importante. Su postura fue coherente con su deseo de erradicar toda traza de paganismo, pero ya tenía lejanos antecedentes den el Antiguo Testamento.
En la Edad Media existen dos legislaciones contra la magia. Por un lado las eclesiásticas, que promulgaban cánones que obligaban a laicos y eclesiásticos; en ellas preocupa, sobre todo, la ofensa que los ritos mágicos suponían a Dios. Por otro, las civiles, que podían prescribir diversos castigos contra los crímenes mágicos, incluida la pena capital, pero atendía más a los daños causados por la magia que a las ceremonias mismas.
Sería desde principios del siglo XIII, cuando el papa Gregorio IX formaliza la creación del sistema inquisitorial y encarga a los frailes dominicos la búsqueda de herejes, la acción judicial contra la magia fue recayendo así cada vez más en manos de los inquisidores, aunque los obispos no fueron despojados de su jurisdicción en dichos delitos.

La Inquisición Española

Fueron los Reyes Católicos quienes concedieron una gran importancia a la cuestión religiosa y, al mismo tiempo, reconocieron que la insinceridad de los conversos era un problema que requería solución, pues se había convertido n una causa de inestabilidad social en las grandes ciudades del reino. Parece cierto que una buena porción de conversos seguía fiel al judaísmo y practicaban sus ritos en la intimidad de sus hogares, lo cual no era de extrañar dadas las circunstancias en que hubieron de aceptar el bautismo, pero el problema más grave, para determinados sectores, es que se había convertido en el baluarte y el apoyo de determinadas facciones políticas que se disputaban el control de las ciudades.

Por otro lado, los dominicos, convertidos desde el siglo XIII, en una especie de fuerza policial contra la herejía y evidentemente interesados en que se instituyera en Castilla la Inquisición pontificia, porque dicha institución les reportaba grandes beneficios, además de una casi total autonomía e independencia frente a las autoridades civiles y eclesiásticas; desarrollaban una tenaz labor contra los conversos, denunciando cada desliz o falta a la ortodoxia y haciendo llegar a los reyes castellanos, continuas quejas sobre la mala fe de los nuevos cristianos.
La Inquisición, ya desde su nacimiento, contó con apasionados defensores y enemigos; el pueblo llano, considerando que el objeto de los inquisidores serían los falsos conversos, y vistos por ellos como un grupo arribista que se había insertado en los entresijos del poder urbano, vio en dicha institución el arma que pondría a los odiados conversos en el lugar que les correspondía; una gran parte de la aristocracia, temía, sin embargo, y no sin razón, que dicha institución podía perjudicar los derechos sobre sus vasallos; también se oponían a ella los judíos y la inmensa mayoría de los conversos, tanto si eran sinceros como si no; todos sabían que se encontraban en el ojo del huracán.
Algunas ciudades tuvieron tribunal permanente desde su creación hasta la desaparición de la institución. El criterio seguidos para la elección de estos tribunales estables radicaba, generalmente, en la importancia económica y demográfica del núcleo de población y su entorno, o bien, por la presencia en su distrito de un numeroso grupo de elementos sospechosos de heterodoxia. La idea del Santo Oficio era extender su influencia a todos los territorios de la monarquía, por ello se mantuvieron tribunales estables en Barcelona, Canarias, Córdoba, Cuenca, Granada, Logroño, Llerena, Madrid (de Corte), Mallorca, Murcia, Santiago de Compostela, Sevilla, Toledo, Valencia, Valladolid y Zaragoza.